¿Desde cuándo puedo hacer prácticas?
Desde que tenga superados al menos la mitad de los créditos del plan de estudios de grado que se trate, sin perjuicio del establecimiento de requisitos adicionales específicos por titulación. Los estudiantes de máster y de formación permanente pueden realizar prácticas desde el momento en que se matriculen sin haber superado un mínimo de créditos.
No podrán participar en ninguna oferta de prácticas los estudiantes que tengan superada toda la carga lectiva del plan de estudios que les da derecho a la obtención del título correspondiente.
¿Qué modalidades de prácticas externas existen? ¿Cómo me doy de alta en prácticas?
Existen dos modalidades:
- CURRICULARES: Son las asignaturas incluidas en los planes de estudios con carácter obligatorio u optativo.
Si quieres realizar este tipo de prácticas, MATRICÚLATE dentro del plazo general de matrícula. Con la matrícula de la asignatura estarás dado de alta de manera automática en la plataforma GIPE (Gestión Integral de Prácticas Externas).
→ Para que una práctica académica externa tenga la modalidad de curricular, el/la estudiante deberá tener matriculada la asignatura de Prácticas Externas en la fecha de inicio de la estancia, sin excepción. (Acuerdo Vicerrectorado EEE)
- EXTRACURRICULARES: son aquellas que podrán realizar los estudiantes voluntariamente. Para ello tienes que darte de alta en GIPE a través del enlace https://gipe.uah.es (Acceso Estudiantes).
IMPORTANTE: Los estudiantes deben tener sus datos personales actualizados, utilizar el correo electrónico institucional (@edu.uah.es) y subir el CV a GIPE.
¿Cómo participo en preselecciones?
Te podrás inscribir a todas aquellas ofertas que se publiquen en GIPE (con un máximo de 15 activas) que sean de tu interés siempre y cuando en el perfil requerido por la empresa esté incluida la titulación en la que estás matriculado. Recibirás un correo electrónico avisando de su publicación. El Servicio de Prácticas también podrá asignar candidaturas de forma adicional.
La adjudicación definitiva de las plazas que se ofertan depende de las empresas, que llevan a cabo su propio proceso de selección.
¿Cuándo empiezo las prácticas?
Una vez hayas sido seleccionado por una empresa, se formalizará el ANEXO que será remitido a la empresa para su firma el primer día de prácticas.(Sin este documento no se pueden iniciar las prácticas)
¿Quién me tutela y evalúa?
Tendrás un tutor en la entidad externa y otro académico que velarán, supervisarán y evaluarán las prácticas realizadas.
Para cualquier duda o aclaración puedes contactar con nosotros a través de correo.gipe@uah.es.
Normativa
REGLAMENTO PRÁCTICAS Formato: pdf
ACUERDO VICERRECTORADO E.E.E. - PRACTICAS ACADEMICAS EXTERNAS 151024.report (163 KB) Formato: pdf
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué son las prácticas externas curriculares?
Las actividades formativas realizadas por un estudiante universitario de estudios oficiales (grado y máster) y de estudios de formación permanente, en una empresa, entidad u organismo público o privado de acuerdo con lo previsto en su plan de estudios (con carácter obligatorio u optativo) cuyos objetivos son permitir al estudiante la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos en su formación académica, preparándole para el ejercicio de actividades profesionales y facilitando su empleabilidad.
→ Para que una práctica académica externa tenga la modalidad de curricular, el/la estudiante deberá tener matriculada la asignatura de Prácticas Externas en la fecha de inicio de la estancia, sin excepción. (Acuerdo Vicerrectorado EEE)
2. ¿Qué son las prácticas externas extracurriculares?
Las prácticas extracurriculares son aquellas que podrán realizar los estudiantes voluntariamente y que, aun teniendo los mismos fines que las curriculares, no están incluidas en el plan de estudios.
3. ¿Cuánto duran?
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el correspondiente plan de estudios de la titulación. Su equivalencia en ECTS: 1 crédito = 25 horas, teniendo en cuenta que la distribución de las actividades será la prevista en la Guía Académica de las Prácticas, siempre con autorización del centro docente responsable.
La duración total (incluyendo curriculares y extracurriculares) no podrá exceder de 900 horas por año académico.
La jornada máxima se establece en 7 horas/día – 35 horas/semana (no se permiten jornadas superiores a 7 horas/día aunque el cómputo semanal no supere 35 horas). Se recomienda que durante el periodo lectivo las prácticas tengan una duración máxima de 5 horas / día para facilitar su compatibilidad con las actividades académicas de los/as estudiantes.
4. En el año en que finalizo estudios, ¿hasta cuándo puedo estar haciendo prácticas?
Los estudiantes que obtengan la totalidad de los créditos del plan de estudios durante la realización de la práctica no podrán extenderla más allá del 30 de septiembre y siempre y cuando no cierren expediente, es decir, no soliciten el título.
5. ¿Qué requisitos debo reunir para hacer prácticas?
Prácticas externas curriculares de grado: será requisito imprescindible tener superado la mitad de los créditos del plan de estudios que se trate, sin perjuicio del establecimiento de requisitos adicionales específicos por titulación.
Prácticas externas extracurriculares de grado: tener superado la mitad de los créditos del plan de estudios que se trate.
Prácticas externas de máster (curriculares y extracurriculares): podrán realizarse desde el momento de la matrícula, sin perjuicio del establecimiento de requisitos adicionales específicos por titulación.
Prácticas externas de formación permanente (curriculares y extracurriculares): podrán realizarse desde el momento de la matrícula, sin perjuicio del establecimiento de requisitos adicionales específicos por titulación.
Y para todos los tipos de prácticas y estudios oficiales o de formación permanente: no tener superada toda la carga lectiva del plan de estudios que da derecho a la obtención del título correspondiente en la fecha de inicio de las prácticas.
6. ¿Cómo darse de alta en prácticas?
Si se trata de prácticas curriculares y se reúnen los requisitos: matriculándose en prácticas externas como cualquier otra asignatura en el plazo general de matrícula.
Para realizar cualquier modalidad de prácticas: dándose de alta en GIPE (GESTIÓN INTEGRAL DE PRÁCTICAS EXTERNAS) a través de www.uah.es/practicas (Acceso Estudiantes).
7. ¿Qué es el convenio de cooperación educativa? ¿Y el anexo de prácticas?
El Convenio de Cooperación Educativa es el acuerdo entre la UAH y la empresa o institución que establece la cooperación entre ambas partes para la formación práctica de los estudiantes.
El Anexo de Prácticas es el documento que detalla las condiciones de la misma, acredita la incorporación del estudiante a las prácticas y que firman las 3 partes (UAH, empresa y estudiante). Tiene que confeccionarse antes de la incorporación del estudiante a la empresa o entidad. Sin este documento no puede iniciarse la estancia.
8. ¿Cómo se inscribe un estudiante en una oferta?
Los estudiantes de las titulaciones requeridas en las ofertas de prácticas reciben un aviso por correo electrónico para su valoración, pudiendo inscribirse en las que les interesen a través de la plataforma GIPE. En ocasiones, el Servicio de Prácticas podrá asignar candidatos. La adjudicación definitiva de las plazas que se ofertan depende de las empresas, que llevan a cabo su propio proceso de selección.
9. ¿Puede un estudiante buscarse prácticas por su cuenta?
Sí, si bien debe haber siempre un convenio que le dé soporte, por lo que debe comunicarlo cuanto antes a su coordinador de prácticas docente o al Servicio de Prácticas para contactar con la entidad/empresa y, en su caso, validar dicha práctica.
10. ¿Cuándo comienzan las prácticas?
Una vez seleccionado el estudiante, el Servicio de Prácticas formalizará el Anexo de Prácticas con el detalle de las mismas, comunicado por la empresa, siempre que exista un convenio de cooperación educativa entre la entidad/empresa y la UAH.
11. ¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de las partes?
Están previstos en el Reglamento de prácticas de la UAH, artículos 15 a 17.
12. ¿Qué protección tiene el estudiante durante su estancia en la entidad externa?
Si las prácticas no son remuneradas: el Seguro Escolar suscrito al formalizar la matrícula, que es obligatorio para todos los estudiantes menores de 28 años.
Adicionalmente, los estudiantes pueden contratar en la matrícula una póliza de accidentes de carácter voluntario.
En cuanto a la responsabilidad civil en que puedan incurrir los alumnos durante la realización de las prácticas, la Universidad de Alcalá dispone de una póliza al efecto.
Si las prácticas son remuneradas (asignación económica, dietas, becas, transporte…): la entidad externa está obligada a dar de alta al alumno en la Seguridad Social (situación asimilada a trabajadores por cuenta ajena).
13. ¿Quién tutela al estudiante?
Tendrá un tutor en la entidad externa y otro académico que velarán, supervisarán y evaluarán las prácticas realizadas.
14. ¿Quién evalúa la asignatura de prácticas externas?
Los estudiantes serán evaluados por su tutor académico en base a los informes de evaluación: El Informe final del tutor de la entidad colaboradora y Memoria final de las prácticas del estudiante.
El estudiante y su tutor en la entidad externa tienen que cumplimentar en los plazos establecidos los informes de evaluación habilitados en GIPE. Es conveniente que se consulte con el tutor académico la posible existencia de actividades adicionales a estos informes para la calificación (exposición oral, memoria detallada…) ya que el sistema de evaluación lo determinan los responsables docentes de la titulación.
15. ¿Existen más opciones de superar las prácticas curriculares?
Mediante la solicitud de reconocimiento de créditos por la realización de actividades y competencias desarrolladas por los estudiantes en empresas o entidades (experiencia profesional), incluido el módulo FCT de Formación en Centros de Trabajo de los Ciclos Formativos siempre que se ajusten en tiempo y contenido al programa. La solicitud deberá presentarse a principio de curso, dentro del plazo general de solicitud de reconocimiento de créditos.
16. ¿Afecta a todos los estudios el régimen de prácticas externas?
Quedan excluidas de este programa las prácticas clínicas (Medicina, Enfermería, Fisioterapia), las prácticas tuteladas (Farmacia), el Prácticum de Magisterio (en todas sus especialidades) y el Prácticum del Máster Universitario en Formación de Profesorado.
Prácticas en la UAH
Los alumnos de la Universidad de Alcalá matriculados en estudios oficiales y que realizan prácticas académicas externas en empresas están cubiertos ante cualquier accidente que puedan sufrir en la realización de las mismas, incluyendo el riesgo durante el desplazamiento al centro o empresa de prácticas, por el Seguro Escolar. Así mismo, los alumnos pueden contratar adicionalmente en la matrícula una póliza de accidentes suscrita con la compañía MGS Seguros.
1. El SEGURO ESCOLAR, obligatorio para todos los estudiantes menores de 28 años:
Centros médicos colaboradores con el seguro escolar:
2. PÓLIZA DE ACCIDENTES
ASEGURADORA: G&M SEGUROS S.A
N.º POLIZA: 51285130
De suscripción voluntaria para estudios oficiales de grado y máster y de contratación obligatoria en la matrícula de Formación Permanente.
Da cobertura a los accidentes sufridos al realizar las prácticas externas, incluyendo los accidentes in itinere. Se recomienda su suscripción a los alumnos mayores de 28 años y en el caso de prácticas con desplazamiento (nacional e internacional).
Informacion: Servicios Generales (uah.es)
Para realizar de manera rápida consultas, peticiones de aclaración, declaración de siniestros, solicitudes de intervención, corrección de errores o subsanación de retrasos, el asegurado deberá dirigirse a:
SERSANET: 902 107 0 00
Procedimiento en caso de Siniestro:
Contactar con el teléfono SERSANET 902107000 para recibir información del centro médico concertado donde dirigirse y para las autorizaciones de los siniestros.
Deberá acreditarse la condición de asegurado mediante la presentación de la póliza (es suficiente el nº de póliza) o datos de la misma, así como cumplimentando la declaración de siniestro. Únicamente en caso de asistencia urgente, no será necesaria la acreditación anterior.
La Compañía reembolsará los gastos abonados por el Asegurado, siempre que el siniestro haya sido aceptado y previa presentación de las facturas originales.
Gema Moreno G&M Seguros S.L TLF/ Fax 918822006 Móvil: 667636148 Email: comercial@gmseguros.com
Para cualquier solicitud, información o consulta dirigirse a:
Coordinación de Servicios Generales
Teléfono: 91-8854100
E-mail: servicios.generales@uah.es
3. En cuanto a la RESPONSABILIDAD CIVIL (ámbito nacional) en que puedan incurrir estos alumnos durante la realización de dichas prácticas, la Universidad de Alcalá dispone de una póliza suscrita con la
ASEGURADORA: W.R. Berkley Europe AG
N.º POLIZA: 2067491
Procedimiento Responsabilidad Civil
4. Cuando un alumno está realizando prácticas retribuidas en la UAH o vinculadas al Programa de becas Prácticas Fundación ONCE-CRUE, Programa Campus Rural y Viv@lorural y sufre un accidente tiene que seguir el procedimiento establecido por el Servicio de Prevención:
- Pasos a seguir
- Comunicación de accidente de trabajo o incidente
- Más información en el teléfono 91 885 65 24 (Servicio de Prevención).
Para la realización de actividades que implican contacto habitual con menores de edad, es obligatorio aportar un Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual
Esta cuestión se incluye en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) concretamente en su Título I capitulo II “De la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos” y en cuyo art. 57 se establece lo siguiente:
Artículo 57. Requisito para el acceso a profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad.
- Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales
- A los efectos de esta ley, son profesiones, oficios y actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, todas aquellas, retribuidas o no, que por su propia naturaleza y esencia conllevan el trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, así como, en todo caso, todas aquellas que tengan como destinatarios principales a personas menores de edad.
- Queda prohibido que las empresas y entidades den ocupaciónen cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad a quienes tengan antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.
Así, el Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual es imprescindible para la realización de actividades que implican contacto habitual con personas menores de edad, sean estas retribuidas o no.
Su expedición se realiza por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en los siguientes enlaces de su web :
Manual de usuario para solicitud
La disposición adicional quincuagésima segunda (D.A. 52ª LGSS) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación”, entró en vigor el día 1 de enero de 2024, de conformidad con lo establecido en la disposición final décima del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones.
Esto supone que todas las personas en prácticas externas tienen que ser dadas de alta en la Seguridad Social y cotizarán por los días efectivos de prácticas que realicen.
- Si tus prácticas son remuneradas, las gestiones relacionadas con tu alta y tu baja y la cotización en Seguridad Social corresponderán a la entidad colaboradora en la que realices las prácticas, como pagadora de la ayuda económica.
- Si tus prácticas son curriculares no remuneradas, las gestiones relacionadas con tu alta y tu baja y la cotización en Seguridad Social corresponderán a la entidad o a la Universidad según se haya establecido en el convenio de cooperación educativa.
Para ello es imprescindible contar con TU PROPIO NÚMERO DE AFILIADO A LA SEGURIDAD SOCIAL (NAF/ NUSS).
El NUSS / NAF es un número que se asigna a cada persona, vinculado a su DNI o NIE y tiene 12 dígitos (donde los dos primeros corresponden a la provincia: por ejemplo, 28 si es Madrid y 10 dígitos más).
Beneficiarios de la prestación de asistencia sanitaria de las mutualidades de funcionarios (MUFACE, ISFAS, MUGEJU). El alta de los estudiantes como alumnos en prácticas no conlleva la baja como beneficiarios de la prestación de asistencia sanitaria que hasta ese momento tuvieran (como beneficiarias de su cónyuge, padre o madre, etc.), tanto si se trata del sistema de la Seguridad Social como de las diversas mutualidades de funcionarios (MUFACE, ISFAS, MUGEJU, etc.).
Pincha aquí para más información
Cómo saber el NAF/NUSS (Número de la Seguridad Social)
3 formas para consultar el NAF/NUSS:
- Si dispones de Cl@ve Permanente, Clave Pin, Certificado o DNI electrónico, o si tienes activada la Vía SMS (con el número de teléfono móvil previamente informado en el Fichero General de Afiliación):
- A través de la aplicación
- Si no dispones de Clave Pin o Certificado electrónico, o tienes que acceder con pasaporte o DNI europeo, podrás realizar la consulta a través del Servicio ENVÍO DE SOLICITUD, en el siguiente enlace de la TGSS:
Ya dispones del Número de Afiliación a la Seguridad Social
Una vez que tengas tu NAF/NUSS, debes comunicarlo a la Universidad :
- En la página web de la UNIVERSIDAD DE ALCALÁ --> A través de MI PORTAL > datos personales > datos personales alumno > modificar.
- Una vez tengas acceso a la Plataforma de Gestión Integral de Prácticas Externas (GIPE), graba el nº de afiliación pinchando en el siguiente enlace:
- Introduce usuario y contraseña de la cuenta educativa. Esto dará acceso a la pantalla donde encontrarás la pestaña "Datos personales".
- Pulsa en la pestaña y rellena el último campo "Nº de afiliación a la S.S."
- Pulsa el boton "Enviar"
Para cualquier consulta puedes dirigirte al correo electrónico del Servicio de Prácticas: correo.gipe@uah.es