Qualifying Master's degree.
Derecho y especialidades jurídicas
Faculty of Law
Faculty of Law
2015-2016 (RD 1393/2007)
2023-2024 (RD 822/2021) Modification
One complete academic year, plus September to January/February of the following academic year.
Face-to-face classes with the support of the online application of the University of Alcalá.
Spanish (Some optional seminars in English).
Level 3 leading to the title of Master's Degree. Level 3 (Master's) of the Spanish Qualifications Framework for Higher Education (MECES) corresponds to level 7 of the European Qualifications Framework (EQF), in accordance with the provisions of the Royal Decree 22/2015, of 23rd January (BOE 07/02/2015).
Qualifying Master's: Regulated at national level by Royal Decree 775/2011, of 03rd June, which approves the Regulations of Law 34/2006, of 30th October, which entitles the holder to practise as a lawyer, after passing the corresponding professional capacity accreditation test.
Professional
President
Dr. D.José Zamyr Vega Gutierrez (Director of the Master's Degree in Acces to the Legal Profession and the Legal Aid at the University of Alcalá)
Secretary
Dª Maia Román Fernández (Director of the ICAAH School of Legal Parctice)
Vocales
D. Ángel Francisco Llamas Luengo (Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Alcalá de Henares -ICAAH-)
María José Gutiérrez Platero
91 885 43 54
posgrado.derecho@uah.es
Administrative issues:
info.posgrado@uah.es
The goals of this Master's degree are in line with the stipulates of the Spanish Framework for Higher Education Qualifications (MECES) and ensure the achievement of the basic competencies required to obtain a master's degree, following article 3.3, Appendix I of R.D. 1393/2007.
Fulfilment of the goals means students have achieved competencies that must be consistent with the fundamental rights of equality between men and women, with the principles of equal opportunities and universal accessibility for the disabled, and with the values proper to a democratic and peace-loving culture.
La Ley 15/2021, de 23 de octubre, por la que se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales de octubre de 2021 que modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, y su norma de desarrollo, el Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, en cumplimiento de las previsiones del Derecho europeo y singularmente a lo dispuesto en los artículos 15, 16 y 25 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a servicios en el mercado interior, y en los artículos 49 y 56 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, determina los criterios de acceso que se señalan con carácter general.
1. Para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente a otro Estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el mismo para el acceso a enseñanzas de Máster.
2. Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
En desarrollo de los criterios generales expuestos, el Real Decreto 64/2023, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura ha establecido el acceso único a las profesiones de la Abogacía y la Procura, exigiéndose un mismo título académico (Licenciatura o Grado en Derecho) y el mismo curso de formación especializada de capacitación para ambas profesiones, en modo tal que, quienes superen la prueba única para la evaluación de la aptitud profesional, podrán ejercer indistintamente la Abogacía o la Procura sin más requisitos que la colegiación en el correspondiente Colegio profesional, según qué actividad se decida ejercer, sin más límite que la prohibición de no ser posible el ejercicio simultáneo de ambas profesiones.
Se establece un mismo título habilitante para el ejercicio de dos profesiones diferenciadas, en el bien entendido sentido de que las funciones de la procura han de estar separadas de la función propia de la abogacía, porque eso redunda en beneficio de la Administración de Justicia.
En relación con el perfil de ingreso recomendado, se ha de tener en cuenta que este Máster va dirigido a aquellas personas que deseen acceder a la profesión de la Abogacía y la Procura en Tribunales, siendo su objetivo principal mejorar la capacitación profesional, en tanto personas colaboradoras de relevancia de la Administración de Justicia, a fin de que la ciudadanía tenga garantizada un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela efectiva reconocido en el art. 24 de la Constitución española.
Por ello, la ley establece un sistema de formación en la excelencia cuyos pilares básicos son la realización de este Máster, donde el alumnado adquirirá un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un período de prácticas externas curriculares y la realización de una prueba de aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción obligatoria en el correspondiente colegio profesional.
Criterios de admisión
La Comisión Académica del Máster, órgano competente encargado de la admisión de los estudiantes al Máster, valorará:
Para aquellos casos que pudieran generar alguna duda en cuanto a su admisión al Máster Universitario propuesto, será la Comisión Académica quien resolverá dicha admisión.
Para el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, el sistema y procedimiento de admisión incluirá los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
Fees: 1st matriculation: nationals and residents: 1.050 € first year, 508 € second year; non-EU non-residents: 10.835 € first year, 5.400 € second year (approximate information).
Curso Académico 2024-25
Inicio del curso: lunes, 16 de septiembre de 2024
Alumnos de nuevo ingreso en el curso 2023-24: De septiembre de 2023 a junio de 2024 y de septiembre de 2024 a enero/febrero de 2025
La excepción al calendario general de los Másteres Universitarios se produce por el carácter habilitante y el calendario de prácticas del Máster.
Classes from monday to thursday and fridays that are detailed, from 16 to 20 hours.
Facultad de Derecho
Campus Histórico
C/ Libreros 27
28801. Alcalá de Henares
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(Computer rooms, bibliographic resources, libraries, study rooms...):