BECAS DE PRÁCTICAS FUNDACIÓN ONCE-CRUE
2024/2025
Fundacion ONCE pone en marcha la IX Edición del Programa de Becas de Prácticas FUNDACIÓN ONCE-CRUE para el curso académico 2024-2025 (según las bases de la convocatoria). El programa ofrece la oportunidad de que el estudiantado universitario con discapacidad realice prácticas académicas externas con ayuda económica. El programa cuenta con la cofinanciación del Fondo Social Europeo.
Todo/as los/as estudiantes matriculados/as en Grado que hayan superado ya el 50% de los créditos y Máster (no es necesario tener superado el 50%) y quieran realizar prácticas durante este curso, pueden inscribirse hasta el 10 de diciembre de 2024 a través del portal https://becas.fundaciononce.es/Paginas/BecasPracticasOnceCrue.aspx
Requisitos: Estudiantes con una discapacidad legalmente reconocida con al menos un 33%, matriculados en las Universidades españolas seleccionadas en la convocatoria.
Duración de las prácticas: 3 meses y entre 5 y 7 horas al día a convenir con la entidad.
Cuantía: 1800€. 600€/mes + Seguridad Social.
Periodo de inscripción para solicitar la beca: Hasta el 10 de diciembre de 2024
Periodo de Prácticas: Desde la fecha de resolución hasta el 31 de diciembre de 2025.
Posteriormente las universidades seleccionarán a las personas becadas, según los criterios descritos en la convocatoria.
Bases de la Convocatoria 24/25
RESOLUCIÓN BECAS PRÁCTICAS FUNDACIÓN ONCE-CRUE
Resolución Becas
En cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria del Programa de “Becas de Prácticas Fundación ONCE-CRUE se hacer pública la valoración de los méritos a la vista de los documentos presentados y obrantes en los expedientes de los/as estudiantes y que figura como anexo a la presente resolución (Comisión de Selección constituida con fecha 19 de diciembre de 2024).
Ante la presente resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación ante los Juzgados de lo contencioso administrativo. Sin perjuicio de lo anterior, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Vicerrectorado en el plazo de un mes. En este caso no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.