Política antifraude
La Universidad de Alcalá, ha venido mostrando su permanente implicación y absoluto compromiso con un modelo de función pública guiado por el cumplimiento de los valores éticos y de todos aquellos elementos que conforman lo que se conoce como «Marco de Integridad Institucional», concepto construido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para definir los sistemas orientados, por un lado, a evitar riesgos de malas prácticas y/o conductas inmorales; y, por otro lado, a fortalecer el clima ético de las organizaciones públicas.
Por ello, el Código Ético General de la Universidad de Alcalá, aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 22 de junio de 2017, pretende servir de orientación y guía inspiradora de los comportamientos y conductas que deben seguir la totalidad de miembros de la comunidad que conforma la Universidad de Alcalá –estudiantes, profesores, investigadores, personal de administración y servicios y responsables de la gestión- en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus respectivos deberes.
Además, mediante declaración institucional de 26 de noviembre de 2021, la UAH ha manifestado su compromiso con el refuerzo de la política antifraude en el desarrollo de sus funciones y con los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad, de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus formas.
Fruto de esta política de tolerancia cero frente al fraude y de conformidad con lo previsto en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia (PRTR), la UAH dispone de un Plan Antifraude, aprobado por el Consejo de Gobierno y el Consejo Social, en sus sesiones de 28 de abril de 2022 y 28 de junio de 2022 respectivamente. que tiene como principal objetivo reforzar los mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
La ejecución del Plan de Medidas Antifraude requiere de una estructura que vele por su adecuado cumplimiento, desarrollo y seguimiento, para lo cual se ha creado el Comité Antifraude (CAF).
Además, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, la Universidad de Alcalá ha implantado un Sistema Interno de Información, permitiendo que, a través de este Canal las personas físicas a las que se refiere el artículo 3 de la citada Ley, puedan informar sobre alguna de las acciones u omisiones previstas en su artículo 2, fundamentalmente infracciones del Derecho de la UE e infracciones penales o administrativas graves o muy graves, estando protegidas frente a posibles represalias.
No obstante, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con proyectos financiados total o parcialmente con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, podrá poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (S.N.C.A.) a través del canal habilitado al efecto por dicho Servicio:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/snca/paginas/comunicacionsnca.aspx
O bien acudir a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF): https://anti-fraud.ec.europa.eu/about-us/what-we-do_es
O a la Fiscalía Europea: https://www.eppo.europa.eu/es/denunciar-un-delito-la-fiscalia-europea