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Información días inhábiles plazos justificación económica de la Comunidad de Madrid

Categoría: Vicerrectorado de Investigación y Transferencia

Descripción: Declarada por la Organización Mundial de la Salud el brote de SARS-CoV-2 como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Constitución Española,el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública;el artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el artículo 54.2 d) de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, y el artículo 55 b) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, la Comunidad de Madrid ha adoptado diversas medidas preventivas encaminadas a proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública.
Asimismo el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, mediante su Disposición adicional tercera establece la Suspensión de plazos administrativos.
Asi se establece:
1. Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo
Por ello, a todas vuestras ayudas concedidas se les aplicará una prórroga de plazo de justificación económico-administrativa de estos 15 días, que las veréis reflejadas en las fechas de la aplicación Quadrivium.
Cualquier duda al respecto, podéis contactar al correo electrónico: seguimiento.control@madrid.org

Fecha Inicio: 23-03-2020

Fecha Fin: 29-03-2020

Universidad de Alcalá

Convocante: Comunidad de Madrid